Documentos para comprender LA CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN

Para terminar con el tema, aquí tenéis los tres documentos sobre los que nos basaremos para comprenderlo en su totalidad:

Mapa de la Guerra de la Independencia:




CONSTITUCIÓN DE 1812:
“Las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación española, decretan la siguiente Constitución: 
Art.1 La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios. 
Art.2 La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna persona o familia. 
Art.3 La soberanía reside esencialmente en la Nación, y, por lo mismo, pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales. 
Art.4 La Nación está obligada a conservar y proteger las leyes sabias y justas, la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen. 
Art.8 También está obligado todo español, sin distinción alguna, a contribuir en proporción a sus haberes para los gastos del Estado. 
Art.12 La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, única y verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra. 
Art.13 El objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin último de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen. 
Art.14 El gobierno de la Nación española es una monarquía moderada hereditaria. 
Art.15 La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey. 
Art.16 La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el rey. 
Art.17 La potestad de aplicar las leyes en causas civiles y criminales reside en los tribunales establecidos”


DECRETO 4 MAYO 1814:
"Por manera que estas bases pueden servir de seguro anuncio de mis reales intenciones en el gobierno de que me voy a encargar, y harán conocer a todos no un déspota ni un tirano, sino un Rey y un padre de sus vasallos. Por tanto, habiendo oído lo que unánimemente me han informado personas respetables por su celo y conocimientos, y lo que acerca de cuanto aquí se contiene se me ha expuesto en representaciones, que de varias partes del reino se me han dirigido, en las cuales se expresa la repugnancia y disgusto con que así la constitución formada en las Cortes generales y extraordinarias, como los demás establecimientos políticos de nuevo introducidos, son mirados en las provincias; los perjuicios y males que han venido de ellos, y se aumentarían si yo autorizase con mi consentimiento, y jurase aquella constitución; conformándome con tan decididas y generales demostraciones de la voluntad de mis pueblos, y por ser ellas justas y fundadas, declaro que mi real ánimo es no solamente no jurar ni acceder a dicha constitución ni a decreto alguno de las Cortes generales y extraordinarias, a saber, los que sean depresivos de los derechos y prerrogativas de mi soberanía, establecidas por la constitución y las leyes en que de largo tiempo la nación ha vivido, sino el de declarar aquella constitución y tales decretos nulos y de ningún valor y efecto, ahora ni en tiempo alguno, como si no hubieran pasado jamás tales actos, y se quitasen de en medio del tiempo alguno, y sin obligación en mis pueblos y súbditos, de cualquiera clase y condición, a cumplirlos ni guardarlos(...).” Dado en Valencia a 4 de mayo de 1814. YO, EL REY.

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